Código de Faltas: aumentaron las multas

En la sesión del 2 de noviembre la Legislatura porteña aprobó una modificación al régimen de faltas de la ciudad y actualizó los montos de las sanciones, devaluados por la inflación.

La votación registró 33 votos a favor y 1 en contra, para la aprobación general. El siguiente paso es debatir los artículos uno por uno, cosa que se hará el jueves 9 de noviembre, para luego entrar en vigencia.

Se elevó el monto mínimo de algunas infracciones, especialmente en actividades que ponen en riesgo a las personas. Por ejemplo, el manejo de alimentos y el depósito inapropiado de mercaderías se incrementó a $ 2000 de mínimo y $ 20.000 de máximo, diez veces más de lo que se cobraba hasta hoy.

También los taxis y remises que circulen en infracción pagarán diez veces la multa más baja, que hasta ahora costaba 50 pesos.

Para el caso de la exhibición indebida de bebidas alcohólicas en locales de clase B y C o poseer bebidas fuera de sus envases originales en lugar cerrado, sin acceso a los concurrentes, en horario habilitado exclusivamente para menores, la multa mínima será de 500 pesos.

De acuerdo al texto aprobado: "Cuando la infracción es cometida en una estación de servicio, en garajes, cines, teatros, centros comerciales o locales de gran afluencia de público, hoteles, establecimientos educativos, geriátricos, natatorios y clubes, su titular o responsable será sancionado con una multa de entre 3000 y 10.000 pesos".

Se multará a aquella persona que transite con uno o más animales bajo su custodia en sectores no permitidos, o que lo haga en lugares públicos o privados de acceso públicos sin colocarles la rienda, o que no limpie los desperdicios que generen las mascotas.

Emitir elementos contaminantes o verter efluentes, que hasta ahora se sancionaban con el cobro de entre $ 100 y $ 5000 dependiendo de quien era el sujeto emisor, tendrá una pena máxima de 50.000 pesos.

También se crearon nuevas figuras en el código, como la falsedad documental, las ampliaciones y modificaciones clandestinas y la falta de instalaciones para la toma de muestras de las emisiones contaminantes.

En algunos puntos no hubo acuerdo, por ejemplo en los artículos 31 y 32 que dispone que se sancione con entre 50 y 500 pesos al frentista que saque la basura fuera de horario y sobre la inclusión del artículo 42, que sanciona con entre 100 y 1000 pesos a los cartoneros que ejerzan su actividad sin estar registrados, o que incumplan normas de seguridad en sus vehículos o lleven menores, entre otras faltas, que incluyen el decomiso del carro y del material recolectado.

"No se puede sancionar al recolector de esa manera, porque se lo priva de su fuente de trabajo", objetó Silvia La Ruffa, mientras el diputado Martín Borrelli decía "Estamos en contra de que se saque ese artículo, es un mensaje contradictorio, porque se va a sancionar al vecino que saque la basura fuera de horario y no al cartonero que deje un reguero de basura en la calle".

El diputado Facundo Di Filippo calificó como "una aberración, una incongruencia jurídica" que en el proyecto de modificación al Código de Faltas se pretenda "multar a los cartoneros y hasta secuestrar su carro y lo que transportan, es decir, quitarles su único medio de supervivencia".

Ahora solo falta esperar que se cumpla la ley, realmente se sancione a los infractores y no termine siendo una ordenanza más, que muy pocos respetan.

www.info-almagro.com.ar (08/11/06)