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Modifican la ley electoral
de la Ciudad de Buenos Aires

En la sesión ordinaria del jueves 12 la Legislatura modificó, con 45 votos positivos, 6 negativos y 3 abstenciones, el artículo 20 de la Ley 1777, Ley Orgánica de Comunas, referido a la elección de autoridades comunales, estableciendo que "a partir de la segunda elección y las subsiguientes de las Juntas Comunales se habilitarán boletas u opciones separadas en caso de coincidir con la celebración de otras elecciones".

Para la primera elección de Juntas Comunales las boletas de candidatos se unificarán con las otras autoridades que también se eligen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el domingo 10 de julio, Jefe y Vicejefe de Gobierno y de Legisladores porteños.

La modificación también establece que a partir de la segunda elección de miembros de las Comunas se utilizarán boletas separadas, si la votación se realiza en forma conjunta a categoría. En cuanto al marco regulatorio de las campañas electorales se elevaron de manera significativa los montos para los gastos permitidos.

También incrementan el límite para gastos y contribuciones destinados a la campaña electoral y a la realización de una eventual segunda vuelta en los comicios de Jefe y Vicejefe de Gobierno.

Con la modificación, sobre tablas, del artículo 8 de la ley 268 sobre campañas electorales, se aumentó la suma máxima de gastos que los partidos, alianzas y confederaciones pueden realizar en la campaña electoral. En ningún caso debe superarse el monto de 1,40 pesos por cada elector habilitado a votar en esa elección, independientemente de quién realice el gasto. La suma, que se aplica a cada lista oficializada era, hasta su actualización de 0,40 pesos.

En el mismo sentido se avanzó para una eventual segunda vuelta en la elección de Jefe y Vicejefe de Gobierno, situación prevista en el segundo párrafo del Artículo 96 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Así, el gasto máximo de la segunda campaña no puede superar la suma de 1,40 pesos, elevando el monto permitido que era de 40 centavos por elector para cada una de las fórmulas.

En el artículo 9 de la misma ley, se elevó de 50 centavos a 1,70 pesos la contribución que la Ciudad realiza al financiamiento de la campaña electoral de los partidos, alianzas y confederaciones para cada categoría por cada elector empadronado. Y se estableció el modo de distribución de esta contribución para las categorías Jefe de Gobierno, Vicejefe y Legisladores y para las Juntas Comunales.

Para el caso de una segunda vuelta en la elección de Jefe y Vicejefe de Gobierno, la Ciudad ahora debe contribuir al financiamiento de la campaña de cada lista participante con un peso ($1.-) por cada elector habilitado. Ese monto era de 0,30 pesos hasta la modificación de artículo 13 de la norma.

Otra modificación aprobada es la que determina que los aportes de las personas físicas para campañas electorales no podrán superar el uno por ciento del límite de gastos establecidos en artículo 8. Hasta hoy el tope era de veinte mil pesos por campaña.

Se acerca la fecha de las elecciones, los candidatos ya están en plena campaña y la Legislatura porteña determinó los importes que se pueden destinar a la misma, esperamos que no haya manejos raros, ni fondos misteriosos destinados a financiar la campaña de ningún partido político, porque después hay que devolver favores que le resultan muy caros a los ciudadanos.

www.info-almagro.com.ar (15/05/11) - (Extensión 3382 caracteres)