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Beneficios para personas celíacas

La diputada porteña y presidenta del Foro de la Tercera Edad, Dra. María América González (Buenos Aires para Todos) presentó un proyecto de ley (Exp. 2304-D-2013) para modificar diversos artículos de la Ley 4407, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires el pasado 24 de enero, y que es más conocido como Código de Habilitaciones y Verificaciones, por el que se incluye por primera vez la obligatoriedad para los restaurantes y centros gastronómicos de contar con un menú para quienes son enfermos celíacos.

En el Artículo 1º, la modificación presentada establecerá que determinados comercios, en los cuales se sirven o expenden comidas, que adicionen el cargo de "servicios de mesa", "cubierto" o cualquier otra denominación equivalente, deben poner a disposición de los clientes dentro de los conceptos mencionados, entre otros: “Un producto de panera apto para celíacos o libre de gluten, de acuerdo a la definición del Art. 2° de la Ley 3373; y Una colación dulce, libre de gluten o TACC para acompañar una infusión, cuando los consumidores lo requieran”.

La Ley 4407 establece que: “sea obligatorio para los comercios que se encuentren alcanzados por el Artículo 1° de la presente, ofrecer como mínimo, la opción de un plato apto para celíacos, de consumo seguro, manipulado exclusivamente con utensilios que no tengan contacto con alimentos con TACC.

En las modificaciones propuestas, la Dra. María América González solicita que “El citado menú, debe tener las características de los productos ofrecidos en la carta para otros clientes, elaborados con las harinas pertinentes, no debiendo suplirse por carnes o vegetales de la carta en vigencia".

Además se requiere la incorporación del Artículo 3º Bis de la referida Ley , el que quedaría redactado de la siguiente manera: "Los comercios comprendidos en el artículo 1º de la presente, deberán publicar en forma visible en el acceso al local y en la Carta de Menú, la promoción de productos libre de gluten en el establecimiento".

Entre otros fundamentos, la Dra. María América González señaló que “la norma debe perfeccionarse con algunas incorporaciones, como la posibilidad que los enfermos celíacos, al solicitar un café, té o cualquier infusión, tengan la posibilidad de consumir una colación dulce, como cualquier otro concurrente del local comercial, ya que los enfermos celíacos no tienen la posibilidad de acompañar un café con una masita o porción de torta como cualquier otro comensal”.

“Además, un hecho discriminativo para con las personas celíacas, es el que presenta una importante cadena de cafetería tradicional, tanto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en el Conurbano, que en su carta de menú ofrece galletitas para celíacos, pero al solicitarlas el consumidor debe adquirir toda la caja, no pudiendo consumidor tres o cuatro galletitas como se acompaña con un café solicitado por un cliente no celíaco”, concluyó la legisladora porteña autora del proyecto de ley.

www.info-almagro.com.ar (15/09/13) - (Extensión 2997 caracteres)