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Micros de larga distancia: Será obligatorio viajar con DNI

El Ministerio de Transporte emitió este martes (8/11) una resolución por la cual, dentro de un mes, todos los pasajeros deberán viajar con DNI, cédula o pasaporte en los micros de larga distancia. La medida se implementa en el marco del combate contra el narcotráfico.

En el marco de la Emergencia de Seguridad Pública, el Ministro de Transporte, Guillermo Dietrich, emitió el martes de esta semana una resolución por la cual será obligatorio viajar en los micros de larga distancia con DNI. Según la decisión ministerial el objetivo de combatir "la problemática del narcotráfico", que "no sólo afecta a la salud y la seguridad ciudadana, sino que importa una violación a la soberanía nacional".

La resolución publicada el martes 8 de noviembre en el Boletín Oficial dispone la puesta en vigor del "Régimen de Control de Identificación de Pasajeros" en los servicios de transporte de carácter interjurisdireccional. La resolución entrará en vigencia a los treinta (30) días corridos.

La aplicación será en los servicios públicos de transporte de pasajeros por automotor de carácter interjurisdiccional, a los servicios autorizados de Tráficos Libres, a los servicios Ejecutivos y a los servicios de transporte para el Turismo.

Los operadores de tales servicios de transporte, deberán confeccionar un listado de pasajeros en el que se consignen los datos obtenidos mediante el uso del Sistema Informático de Expendio de Pasajes.

Los usuarios de los servicios alcanzados por el presente régimen deberán portar documento nacional de identidad, cédula de identidad o pasaporte, a fin de acreditar su identidad para el uso del servicio de transporte; el mismo deberá coincidir con el denunciado al momento de la compra o reserva del boleto o de la contratación de la programación turística y encontrarse en poder del pasajero durante todo el tiempo insumido en su traslado, indicó la agencia DYN.

En caso de presentarse un pasajero que no portase el documento de identidad correspondiente, el mismo no podrá abordar el servicio, salvo el supuesto en que el usuario acreditare haber formulado la correspondiente denuncia o exposición de extravío, robo o hurto de la documentación requerida para abordar el servicio y contare con el correspondiente certificado de documento en trámite.


www.info-almagro.com.ar (2329) - Publicado el: 11/11/16