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Para evitar la demolición del Cine Teatro Urquiza

El Ministerio Público de Defensa interpone ante el Tribunal Superior de Justicia un recurso de queja ante la afectación de los derechos constitucionales al Patrimonio Histórico Cultural y a la Memoria de los Barrios Porteños por el Cine Teatro Urquiza de Parque Patricios y lo publica en su página oficial.

El Cine Teatro Urquiza se inauguró en 1921 y llegó a representar uno de los polos culturales más reconocidos de la Ciudad. Allí se presentaron importantes artistas nacionales e internacionales, como Carlos Gardel, Tita Merello y Aníbal Troilo.

Durante la década de 1970, el edificio cerró como teatro y comenzaron a funcionar en sus instalaciones distintos emprendimientos comerciales.

En una causa que comenzó en 2014, frente al riesgo de una posible demolición del histórico Cine Teatro Urquiza, el Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad interpuso un recurso de queja ante el Tribunal Superior de Justicia por la afectación de los derechos constitucionales al patrimonio histórico cultural y la memoria de los barrios porteños. Mediante ese recurso, se cuestiona la decisión tomada a raíz de la resolución de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario que en junio de este año confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la acción de amparo promovida por los vecinos.

Patrocinado por la Defensoría de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 5, a cargo de Ramiro Dos Santos Freire, en el amparo se solicitaba que se adoptaran medidas para preservar el Cine Teatro, se ordenara al Gobierno cumplir con sus obligaciones de protección y tutela del patrimonio arquitectónico y cultural, se declarara nula la resolución de la Comisión Asesora de Asuntos Patrimoniales (CAAP) que desestimó su protección; se suspendiera la demolición del edificio y las obras que alteraran su fisonomía; y se arbitraran los medios para que en el inmueble pudieran desarrollarse actividades culturales.

En abril de 2014, la jueza de primera instancia había hecho lugar a la medida cautelar solicitada en el amparo, ordenando al Gobierno que se abstenga de conceder permisos que alteren la estructura, fisonomía y características del inmueble, hasta tanto se dictara sentencia definitiva. En septiembre de 2015, sin embargo, la jueza rechazó el amparo. A raíz de ello, se presentó un recurso de apelación, sostenido por la Defensoría ante la Cámara Nº 2, a cargo de Mariana Pucciarello. Allí se sostuvo que no se había valorado adecuadamente la prueba. En particular, se habían desconocido las leyes sobre protección de la actividad teatral y los proyectos de ley presentados para la protección del inmueble. Asimismo, se remarcó que en la sentencia se había tomado como sostén principal el dictamen del CAAP, cuya nulidad no había sido resuelta.

Por otra parte, se solicitó que se disponga la ampliación de la medida cautelar vigente, ordenándose al Gobierno que preserve íntegramente el edificio hasta la resolución definitiva y constate su estado de conservación. En este sentido, se señaló que el Defensor del Pueblo de la Ciudad presentó un proyecto de ley en el que postula la catalogación del Urquiza entre los inmuebles de la Ciudad que requieren de salvaguarda y puesta en valor.

En la resolución de la Cámara que por mayoría confirmó la sentencia de primera instancia, los jueces sostuvieron que el proceder del gobierno no puede reputarse manifiestamente ilegal o arbitrario, “en tanto no se ha demostrado que la administración haya obrado al margen del marco legal”. En cuanto a la evaluación del CAAP, plantearon: “el organismo se pronunció en el momento previsto en el CPU, de conformidad con el procedimiento (…), expresando los criterios de valoración tenidos en cuenta y que determinaron la decisión”. Asimismo, señalaron en relación con los proyectos de ley, que no es posible atribuirles la gravitación “que la parte actora procura, cuando todavía no han atravesado las distintas etapas del proceso de formación de una ley”, motivo por el cual también rechazaron la medida cautelar peticionada. Finalmente, expresaron: “cabe concluir que los argumentos esgrimidos por la recurrente no logran conmover la solución adoptada y los fundamentos dados por la jueza de grado para rechazar la acción de amparo intentada”.

Es lamentable que se llegue a esta instancia, lo ideal hubiera sido proteger esa sala cuando dejó de funcionar como cine teatro, en ese momento no pareció importar demasiado y después de más de cuatro décadas donde el edificio sufrió el abandono y el inevitable paso del tiempo y haber alojado supermercados y otras actividades que seguramente produjeron cambios en su arquitectura original se intenta recuperarlo, cosa que me parece bien, pero hay que valorar las cosas a su debido tiempo para evitar este tipo de litigios.


www.info-almagro.com.ar (4872) - Publicado el: 06/12/16