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Defensa al Consumidor controló comercios

En una recorrida por shoppings y avenidas comerciales se labraron actas de infracción por falta de exhibición de precios y de carteles obligatorios que informan el derecho de cambio de productos.

Defensa al Consumidor de la Ciudad inició un operativo para controlar que los comercios exhiban sus precios e informen mediante carteles obligatorios los derechos a realizar cambios y reclamos en la semana previa a la celebración del día del padre.

“Salimos a controlar que los comercios informen de forma clara a los consumidores, exhiban los precios y acomoden la mercadería de acuerdo al tipo de descuento ofrecido, tal y como lo establecen las buenas prácticas comerciales, afirmó Facundo Carrillo, subsecretario de Demanda Ciudadana de la Ciudad, al tiempo que destacó, “Si detectamos que un comercio no cumple, labramos el acta de infracción y le brindamos un cartel para que sea fijado en el momento.”

En la primera jornada se detectaron 124 comercios que no cumplían con la normativa de Lealtad Comercial, las principales faltas fueron la no exhibición de precios y la ausencia de información obligatoria en carteles como el que informa a los consumidores que pueden realizar cambios dentro de los 30 días de efectuada la compra y que siempre debe respetarse el valor abonado por el consumidor.

La Ley 5008 de la Ciudad dispone que debe fijarse un cartel informando a los consumidores que no pueden establecerse diferencias en el precio cuando el consumidor pague con tarjeta en un pago o con efectivo, siendo ambos medios de pago válidos para efectuar compras.

Es importante advertir, que además de labrarse las actas, los inspectores suministran a los comercios los carteles que están en falta, para que con posterioridad a la inspección los consumidores puedan disponer de esa información y hagan valer sus derechos.

Hay que destacar que los consumidores pueden reportar incumplimientos a sus derechos a través de la web www.buenosaires.gob.ar/defensaconsumidor o la línea gratuita 147 y solicitar la inspección del comercio que se presume infractor. Se debe detallar la falta cometida, el producto, servicio o publicidad a la que hace referencia y los datos exactos del comercio.


www.info-almagro.com.ar (2222) - Publicado el: Martes 27/06/17