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Monotributo, cambios a partir de junio
Conforme a la reforma tributaria y las modificaciones aprobadas por el Congreso, el 27 de diciembre pasado, que se suman a las que ya comenzó a implementar la AFIP, durante el mes en curso, como la actualización automática de los valores de las categorías, a partir de junio próximo, también habrá cambios en el período para la recategorización.
Estos cambios, para aproximadamente tres millones de contribuyentes adheridos al régimen de monotributo, implican que la ampliación del tope para las ventas y categorías que exigían empleados ya no lo tienen en cuenta.
Se está trabajando en la reglamentación de estas novedades, en las que figura la limitación del sujeto del monotributo, la simplificación de la recategorización, la suba del precio unitario de venta y la eliminación de requisitos para las categorías.
- Sujeto del monotributo: solo podrán inscribirse las personas físicas y las asociaciones indivisas. Las sociedades de hecho y condominios, en cambio, ya no podrán ser parte del régimen a partir de junio.
- Recategorización: la revisión será semestral en lugar de cuatrimestral, por lo que se hará solo dos veces al año. Bajo el esquema previo, el lunes pasado venció la recategorización voluntaria correspondiente a enero y habrá una nueva con vencimiento el 20 de mayo.
"Así, de no mediar un cambio, tendremos este año recategorizaciones en enero, mayo y en julio. Recién con el nuevo cálculo semestral a partir de junio habrá una simplificación del procedimiento", explicó a Clarín Diego Cutignola, contador del estudio homónimo.
- Precio unitario de venta: antes quien comercializaba bienes no podía venderlos por un precio mayor a $2.500, mientras que ahora el límite se amplía a $15.000. Esto significa un alivio para muchos contribuyentes que por la inflación debían subir el precio de sus bienes superando el tope y quedaban fuera del régimen.
- Menos requisitos: los monotributistas que venden bienes en las categorías I, J, K ya no tendrán que tener uno, dos o tres empleados, en cada caso, para mantenerse dentro del régimen simplificado. Por el contrario, podrán trabajar sin empleados.
- Cotización previsional: la cuota del monotributo se compone por el impuesto integrado, la jubilación (aportes al Sipa) y aportes a la obra social. De ahora en más, el Poder Ejecutivo tendrá la facultad de actualizar el aspecto previsional de la cuota, sin una ley del Congreso.
www.info-almagro.com.ar (2428) - Publicado el: Lunes 29/01/18 Fuente consultada: Diario Clarín
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