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El Gobierno Nacional reglamentó la ley de prevención del suicidioCon la normativa se fortalecerán las tareas de asistencia, prevención y se avanzará en el trabajo con organizaciones. El suicidio es la segunda causa de muerte en el país en las personas que tienen entre 10 y 19 años. A seis años de su promulgación, el Gobierno Nacional reglamentó la Ley Nacional Nº 27.130 de Prevención del Suicidio a través del decreto 603/21 publicado en el Boletín Oficial. Lo hizo el 10 de septiembre, en el marco del Día Mundial para la Prevención del Suicidio. El suicido es una preocupación mundial para la salud pública. Hay alrededor de 700 mil muertes por suicido por año en el mundo. Sólo en Argentina, entre 2010 y 2019 hubo 31 mil casos y en el país es la segunda causa de muerte en la franja de 10 a 19 años, según un informe realizado por Unicef en 2019. La norma que acaba de ser reglamentada establece la disminución de la incidencia y prevalencia del suicidio, a través de la prevención, asistencia y postvención (el trabajo con el entorno de la persona que se quitó la vida para evitar eventos similares a futuro). Además, entre sus objetivos se encuentran el abordaje coordinado, interdisciplinario e interinstitucional de la problemática del suicidio; el desarrollo de servicios asistenciales y la capacitación de recursos humanos y promoción de la creación de redes de apoyo de la sociedad civil para la prevención, la detección de personas en riesgo y el tratamiento. La norma establece que todos aquellos organismos de servicios médicos y asistenciales deben brindar a sus afiliados, independientemente de la figura jurídica que posean, cobertura asistencial a las personas que hayan sido víctimas de intento o fallecimiento por suicidio y a sus familias, tanto en lo que refiere a la detección, el seguimiento y el tratamiento de acuerdo a lo establecido por la autoridad de aplicación. A su vez, la regla establece la creación de un sistema de registro que contenga la información de los suicidios cometidos e intentos de suicidio. Además se deberá realizar un convenio con las instituciones, asociaciones, organizaciones no gubernamentales y profesionales del sector público y privado que cumplan con los estándares establecidos por la autoridad de aplicación. Fernanda Azcoitía, licenciada en Psicología y titular del Centro de Asistencia al Suicida (CAS), sostuvo que la reglamentación fue muy esperada por las ONG que se dedican a la temática desde hace décadas. Además agregó: “Esto se construye entre todos: Estado, ONG y sectores privados. El 10 de septiembre, Día Mundial de Prevención del Suicidio, realizamos un encuentro virtual al que se sumó gente del interior y cerramos con un encuentro federal de ONG en el cual celebramos dicha reglamentación”. Pasaron seis años entre la promulgación de la Ley Nº 27.130 en 2015 y su reglamentación en 2021. Desde el Centro de Asistencia al Suicida señalaron que los llamados aumentaron y que mucho antes de la sanción de la Ley hubo proyectos que también fueron demorados. “Hace décadas esperamos cambios y hubo siempre promesas. Alguna vez hemos sido convocados para intercambiar experiencias, pero luego no se continuó. A lo largo de diferentes gobiernos hemos mantenido conversaciones esporádicas y sin continuidad. Ojalá esta reglamentación favorezca la cooperación. Desde nuestra parte estamos atentos y decididos a colaborar como formadores o capacitadores si somos convocados”, remarcó la titular de la ONG. La cinta amarilla, símbolo de la lucha para la prevención del suicidio. www.info-almagro.com.ar (3542) - Publicado el: Miércoles 29/09/21 Fuente: El Auditor.info |