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Un nuevo gravamen: impuesto a la herencia¿De qué se trata este impuesto? ¿A quién afecta? ¿Cómo se calcula? ¿Quiénes están exentos? Uno de los temas principales planteados por el Gobierno nacional con el Consenso Fiscal 2022 es el impuesto a la herencia. El cual fue firmado por las 23 provincias menos la Ciudad de Buenos Aires. Este tributo se aplica al aumento de la riqueza obtenida a título gratuito mediante herencias, legados, donaciones, anticipos de herencia. Actualmente este impuesto rige en la provincia de Buenos Aires desde el año 2011. Afecta a los inmuebles recibidos ubicados en ese territorio y a los herederos con domicilio dentro del radio de la provincia de Buenos Aires. Este impuesto establece valores de acuerdo al grado de parentesco. Para el caso de transmisiones gratuitas entre padres e hijos o entre cónyuges, abonan el impuesto a la herencia los inmuebles cuyo valor supere los $1.344.000, y para el caso de otro parentescos o simplemente conocidos, el valor desde el cual se paga el impuesto desciende a $322.800. Es decir que este impuesto afecta a la mayoría de los inmuebles transmitidos en forma gratuita, ya que los valores establecidos no llegan a los UDS 10.000, importes irrisorios tratándose de propiedades. Las alícuotas que se abonan van desde 1,6% para herencias menores a los $616.137, con un tope de hasta un 6,4% para herencias de $78 millones en adelante. La ley que se encuentra vigente en la provincia de Buenos Aires, tomada como modelo para difundirla en el resto del país, exime únicamente del pago de este impuesto a aquellos bienes declarados como “Bien de Familia”. Es decir que hasta tanto no se modifique esa condición del inmueble el beneficiario del bien no tributa. La forma de cotizar el inmueble para determinar el impuesto a pagar se enmarca en tres factores: el valor fiscal, el valor impositivo de referencia o el valor del mercado, es decir, el valor de venta. www.info-almagro.com.ar (1918) - Publicado el: Jueves 13/01/22 |